miércoles, 29 de septiembre de 2010

¿PORQUE EL TERMINO ECONOMATOS?

 En primer lugar quiero agradecer a dos amigos (Eugenio Boiardi y Enrique Rubio Santos) que, a partir de una pregunta, me han motivado a investigar el tema y aportar algunas definiciones que permitan aclarar el porque del término ECONOMATO:

  
Si uno investiga los antecedentes históricos de las distintas formas adoptadas por las empresas en su relación con los obreros, empleados o sirvientes, se encontrará en distintas partes del mundo, con una figura que aparece comúnmente bajo el nombre de ECONOMIA CERRADA, con la característica de que la empresa entregaba a su empleado una ficha o vale el cual era canjeado por alimentos, prendas de vestir o herramientas, en el almacén de ramos generales de la propia empresa. 

 

En otros casos directamente se anotaba en una libreta: por un lado los retiros de mercadería con alto grado de detalle (por ejemplo: 1 kilo de yerba, 1 sombrero, 2 kilos de harina de maíz, cigarrillos marca X, 1 pantalón de algodón, 1 azada, etc) y por el otro el crédito originado en el salario mensual. 

Dicha libreta se la conoce en la historia con el nombre de LIBRETA DE CONCHABO


Ambas modalidades no tenían otro objetivo que someter al empleado a comprar en el propio establecimiento, situación que eximía al empleador de disponer de dinero de curso legal para el pago del mismo, en contra de lo dispuesto por las incipientes leyes  y disposiciones vigentes en su momento. A ello hay que agregar que a falta de controles, los precios de la mercadería fué muy superior a lo que era, para la época, en las distintas ciudades y pueblos.

 Esto no pasaba desapercibido en los gobiernos locales, los cuáles hacían la vista gorda, frente a la realidad de la escasez de dinero de baja denominación (monedas de centavos) y a las distancias que separaban a los establecimientos industriales, comerciales o agropecuarios de los centros urbanos.  Los establecimientos en muchas oportunidades, demás estaban en convivencia con las fuerzas policiales para evitar “problemas” y ayudar cuando los anarquistas armaban revuelo en la empresa (un ejemplo de esto fue la relación entre la Gendarmería Volante con La Forestal Ltda.en la provincia de Santa Fé - Argentina).

 A nivel internacional y con el auge de la legislación laboral impulsada desde la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el tema fue tratado y previsto en la normativa. 

Prueba de ello es el  Convenio sobre la protección del salario (Número 95 de 1949). Dentro de su articulado encontramos varias referencias a los Economatos y sus prácticas habituales, como por ejemplo:

Artículo 1
A los efectos del presente Convenio, el término salario significa la remuneración o ganancia, sea cual fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en efectivo, fijada por acuerdo o por la legislación nacional, y debida por un empleador a un trabajador en virtud de un contrato de trabajo, escrito o verbal, por el trabajo que este último haya efectuado o deba efectuar o por servicios que haya prestado o deba prestar. ...

Artículo 3
1. Los salarios que deban pagarse en efectivo se pagarán exclusivamente en moneda de curso legal, y deberá prohibirse el pago con pagarés, vales, cupones o en cualquier otra forma que se considere representativa de la moneda de curso legal.

2. La autoridad competente podrá permitir o prescribir el pago del salario por cheque contra un banco o por giro postal, cuando este modo de pago sea de uso corriente o sea necesario a causa de circunstancias especiales, cuando un contrato colectivo o un laudo
arbitral así lo establezca, o cuando, en defecto de dichas disposiciones, el trabajador interesado preste su consentimiento.

 Artículo 4
1. La legislación nacional, los contratos colectivos o los laudos arbitrales podrán permitir el pago parcial del salario con prestaciones en especie en las industrias u ocupaciones en que esta forma de pago sea de uso corriente o conveniente a causa de la naturaleza de la industria u ocupación de que se trate. En ningún caso se deberá permitir el pago del salario con bebidas espirituosas o con drogas nocivas.

2. En los casos en que se autorice el pago parcial del salario con prestaciones en especie, se deberán tomar medidas pertinentes para garantizar que:   a) las prestaciones en especie sean apropiadas al uso personal del trabajador y de su familia, y redunden en beneficio de los mismos;    b) el valor atribuido a estas prestaciones sea justo y razonable.

Artículo 5
El salario se deberá pagar directamente al trabajador interesado, a menos que la legislación nacional, un contrato colectivo o un laudo arbitral establezcan otra forma de pago, o que el trabajador interesado acepte un procedimiento diferente.

Artículo 6
Se deberá prohibir que los empleadores limiten en forma alguna la libertad del trabajador de disponer de su salario.

Artículo 7
1. Cuando se creen, dentro de una empresa, ECONOMATOS para vender mercancías a los trabajadores, o servicios destinados a proporcionarles prestaciones, no se deberá ejercer ninguna coacción sobre los trabajadores interesados para que utilicen estos economatos o servicios.

2. Cuando no sea posible el acceso a otros almacenes o servicios, la autoridad competente deberá tomar medidas apropiadas para lograr que las mercancías se vendan a precios justos y razonables, que los servicios se presten en las mismas condiciones y que los economatos o servicios establecidos por el empleador no se exploten con el fin de obtener utilidades, sino para que ello redunde en beneficio de los trabajadores interesados.

Artículo 8
1. Los descuentos de los salarios solamente se deberán permitir de acuerdo con las condiciones y dentro de los límites fijados por la legislación nacional, un contrato colectivo o un laudo arbitral.

2. Se deberá indicar a los trabajadores, en la forma que la autoridad competente considere más apropiada, las condiciones y los límites que hayan de observarse para poder efectuar dichos descuentos.

Artículo 9
Se deberá prohibir cualquier descuento de los salarios que se efectúe para garantizar un pago directo o indirecto por un trabajador al empleador, a su representante o a un intermediario cualquiera (tales como los agentes encargados de contratar la mano de obra) con objeto de obtener o conservar un empleo.

Artículo 10
1. El salario no podrá embargarse o cederse sino en la forma y dentro de los límites fijados por la legislación nacional.

2. El salario deberá estar protegido contra su embargo o cesión en la proporción que se considere necesaria para garantizar el mantenimiento del trabajador y de su familia. ...

Artículo 13
1. Cuando el pago del salario se haga en efectivo, se deberá efectuar únicamente los días laborables, en el lugar de trabajo o en un lugar próximo al mismo, a menos que la legislación nacional, un contrato colectivo o un laudo arbitral disponga otra forma o que otros arreglos conocidos por los trabajadores interesados se consideren más adecuados.

2. Se deberá prohibir el pago del salario en tabernas u otros establecimientos similares y, cuando ello fuere necesario para prevenir abusos, en las tiendas de venta al por menor y en los centros de distracción, excepto en el caso de personas empleadas en dichos establecimientos.

Artículo 14
Se deberán tomar medidas eficaces, cuando ello sea necesario, con objeto de dar a conocer a los trabajadores en forma apropiada y fácilmente comprensible:

a) antes de que ocupen un empleo o cuando se produzca cualquier cambio en el mismo, las condiciones de salario que habrán de aplicárseles;

b) al efectuarse cada pago del salario, los elementos que constituyan el salario en el período de pago considerado, siempre que estos elementos puedan sufrir variaciones. ...

Artículo 17
1. Cuando el territorio de un Miembro comprenda vastas regiones en las que, a causa de la diseminación de la población o del estado de su desarrollo económico, la autoridad competente estime impracticable aplicar las disposiciones del presente Convenio, dicha autoridad, previa consulta a las organizaciones interesadas de empleadores y de trabajadores, cuando estas organizaciones existan, podrá exceptuar a esas regiones de la aplicación del Convenio, de una manera general, o con las excepciones que juzgue apropiadas respecto a ciertas empresas o determinados trabajos.

lunes, 20 de septiembre de 2010

FICHAS RACION utilizadas en Argentina

                         

                          Fichas de 1 y 2 Raciones del Ingenio El Porvenir de
                                       Alvarado Hermanos y Muller 
                                               Provincia de Jujuy

                        

                        

domingo, 12 de septiembre de 2010

FICHAS DE ORO EN ARGENTINA - JULIU POPPER

Juliu Popper nació en Bucarest, Rumania, en 1857. A los 17 años viajó a París para estudiar en la Universidad Politécnica, en la Escuela Nacional de Puentes y Rutas, donde se graduó como Ingeniero en minas. Hablaba varios idiomas: rumano, griego, hidish, francés, alemán, latin y castellano.  No era un aventurero, sino un hombre de amplia cultura, que creía en los grandes proyectos.




  En el año 1885 llega a Argentina, producto de la fiebre del oro en el Territorio de Tierra del Fuego. Durante su viaje se encargó de poner nombres a diferentes accidentes geográficos, registrándolos en su mapa.


 De regreso a Buenos Aires en 1887, fundo la Compañía Anónima Lavaderos de Oro del Sud.Sus accionistas son, entre otros, Bernardo de Irigoyen, José M. Ramos Mejía y Emilio Lamarca.

  Instala su lavadero de oro en El Páramo, el norte de la bahía San Sebastián, sobre la costa atlántica de la isla Grande. Se construyen instalaciones de envergadura, como el edificio para el personal administrativo realzado con una torre que mira con sus troneras a los cuatro puntos cardinales; una gran casa con capacidad para ochenta cuchetas; almacén, depósito, cocina, y el lavadero propiamente dicho con todos sus anexos. Para el lavado de las arenas auríferas, se instalaron cuatro aparatos invención del propio Popper, que pronto comenzaron a rendir medio kilogramo de oro cada día.


  Por aquellos años también se había empeñado en organizar una expedición antártica que contaba con la autorización del gobierno argentino. El ingeniero comenzó a mirar hacia tierras más australes para inspeccionar las posibilidades económicas que ofrecía la región antártica, particularmente, las pieles de lobos marinos. 

  También se encontraba atento a las noticias de Buenos Aires, pues esperaba autorización del Congreso Nacional a una ley especial que le concediera trescientas setenta y cinco mil hectáreas en Tierra del Fuego para explotarlas como estancia ganadera .

 Otro proyecto de Popper fué  la fundación de una ciudad marítima y pesquera fueguina que se llamaría ATLANTA, como oposición al poderío comercial de Punta Arenas (Chile).

 Pero nada de esto ocurrió. Julius Popper murió solo el 6 de junio de 1893 a las 11 de la mañana, en Buenos Aires, y en su casa situada en calle Tucumán 373.

 Días después del entierro, ocurrido en el cementerio de La Recoleta, se designó un curador de los objetos personales existentes en su casa, que serían enviados a su familia en Rumania.  solo nos quedan algunos pocas pertenencias en los museos y las valiosas fichas de oro en nuestras colecciones.

VALES DE POPPER



 LAS RARAS FICHAS DE ORO DE POPPER
 
 Popper, para uso dentro de su establecimiento y "para cubrir la falta de circulante", acuñó fichas en valores de 1 y 5 gramos de oro, piezas extremadamente raras.
 
 
 
 Según los estudios realizados por prominentes numismáticos, Popper acuñó de manera artesanal 2 versiones de la ficha monetaria de 5 gramos y 2 versiones de la ficha monetaria de 1 gramo. Por su amistad con Mitre, logra que Casa de Moneda de Buenos Aires acuñe 1.000 piezas de 5 gramos y 5.000 piezas de las fichas de 1 gramo.
 
 A continuación podemos observar, algunas de estas fichas monetarias (acuñados en casa de Moneda):
 
 
 
 
  POPPER CAZADOR DE ONAS?
 
  La historia recuerda tristemente a Popper por la persecución que realizó  sobre los pueblos originarios de Tierra del Fuego: los Onas o Selk-nam, a quienes consideraba invasores de su territorio. Se desconoce la cantidad de naturales que fueron muertos, pero fue una de las principales causas de su desaparición.
 






SOBRE CONMEMORATIVO RUMANO

 
 
 
   


miércoles, 23 de junio de 2010

MINA LOS CONDORES


La mina de wolfram "Los Cóndores" está ubicada en el departamento Chacabuco, Provincia de San Luis, a dos leguas al oeste de la Estación Concarán del Ferrocarril Andino, entre los ríos Conlará y de las Cañas. Fué descubierta en 1897 por los Sres Medardo Aguirre y Pedro Regalado, quienes obtuvieron la concesión de 18 hectáreas en cercanías del arroyo Las Cañas. Dicha concesión fué vendida en 1898 a la Casa Herwig, de Rosario de Santa Fé, quien formó la primera Compañía Hansa. A posteriori, capitales alemanes se unen a la empresa para la explotación del mineral y la adquisisción de maquinaria pesada, formando "HANSA SOCIEDAD DE MINAS" quien expande su actividad en 1905.




La configuración del terreno ha permitido emplear el método de explotación por socavón, el que se abre sobre la veta principal midiendo 700 metros de largo, a 51 metros de profundidad y una galería de 2x2 mts. El sistema posee chimeneas de ventilación, asi como un sistema de acarreo de mineral y desmonte de roca por vagonetas.

Por seguridad muchos tramos han sido enmaderados en algarrobo, asi como se han colocado vigas de la misma madera en el techo de la galería.



Se trabaja con perforadoras neumáticas por cuadrillas especializadas y el aire comprimido es producido por compresores cuya energía es alimentada por una usina propia de la empresa.


La empresa posee alojamiento para sus obreros, hospital y proveeduría.

En 1908 la cantidad de obreros era la siguiente:

Administracion: 8 operarios - Jornal diario $mn 3,00

Trabajos internos (en galerias): 200 operarios - Jornal diario $mn 3,50

Trabajos externos: 100 operarios - Jornal diario $mn 3,00

La empresa pagaba los salarios por medios de fichas, en valores de 5, 10, 20, 50 centavos y 1 peso, acuñadas en bronce, de acuñador desconocido.










La producción de Acido de Tungsteno, principal subroducto del wolfram de unas 50 toneladas mensuales se exportó a europa con punto de venta en Hamburgo, Alemania.

NOTA: Resulta de interés la lectura del "INFORME SOBRE EL ESTADO DE LA MINERIA en la Provincia de San Luis" editado por el Ministerio de Agricultura - Sección Geología, Mineralogía y Minería - Tomo IV, Num. 4. Año 1910.

viernes, 18 de junio de 2010

SALINAS GRANDES de FORTUNATO ANZOATEGUI






A escasos kilómetros del límite de las Provincias de La Pampa y Río Negro, en el Departamento de Caleu-Caleu - La Pampa y sobre la Ruta 22 se levanta un pequeño pueblo a partir de la estación de ferrocarril. Se trata de lo que fuera hacia 1916 la administración de Fortunato Anzoátegui Ltda SA con la explotación salinera, forestal y agropecuaria, que tuve el gusto de conocer en el tórrido verano de 2008.




 Imágenes gentileza de la Fototeca Bernardo Graff
(Gobierno de la Provincia de La Pampa)






Si bien el pago de los salarios se hizo por medios de vales papel, reconocidos no solo por la misma empresa en su proveeduría, sino de circulación en la zona por diferentes comercios, se conoció hace muy poco y obra en mi colección, una Ficha Control por 1 VAGONETA DE SAL originada en la explotación de la salina. Posiblemente hayan existido otras fichas por la explotación forestal pero hay día no se conocen.
Los vales papel que circularon son de muy buena calidad, impresos en la litografía Guillermo Kraft de Buenos Aires, con valores conocidos de $ 1.- y $ 10.-



lunes, 14 de junio de 2010

CANTERA ALBION de PABLOVICH y Cia

Uno de los emprendimientos mineros mas importantes que tuvo la ciudad de Tandil fue la Cantera Albión de Pablovich.

La misma continuó los trabajos iniciados por la Cantera de Pedro Francisco Vicuña hacia el año 1915 para convertirse en una de las principales explotaciones canteriles de la Provincia de Bs.As. proveyendo adoquines, granitullos y cordones en los primeros momentos, hasta piedra molida para la construcción y grandes peñascos como los utilizados en la extensión de la Escollera Sur del Puerto Quequén.


La empresa utilizó fichas en aluminio, acuñadas en la Casa Barés de Buenos Aires, de 2 tipos:

a)
Fichas Control de Producción

Se conocen fichas control de 2 cuños, mediante el cual los canteristas podían llevar control de su propia producción, canjeando cada 150 adoquines, una pleca. Al cabo de la jornada, o del período establecido para el pago, el canterista canjeaba estas plecas por el dinero de su jornal, el cual se cree fue en parte pagado por plecas de pago, en los primeros tiempos. De acuerdo a lo que se conoce existieron 2 tipos de plecas de control, ambas numeradas en orden correlativo, presumiéndose que las plecas circulares fueron acuñadas en menor número, por el número correlativo de las que se han visto en diferentes colecciones.


1) PLECA CIRCULAR:






Anverso: Perforación circular en el centro y leyenda semicircular superior en el perímetro: CANTERA ALBION y en el sector inferior: TANDIL, con dos rosetas de seis pétalos.

La pleca es numerada, en orden correlativo.

Reverso: Perforación circular en el centro y leyenda en la parte superior: 150 ADOQUINES.

En la parte inferior leyenda: ESPECIALES, con ornamento lineal. En el centro y a ambos lados de la perforación, dos rosetas de seis pétalos.

Metal: aluminio. Peso: 5,1 gr.

Módulo: Circular, 40 mm. Grabador: A. N. Barés.



2) PLECA OCTOGONAL:







Anverso: Perforación circular en el centro y leyenda semicircular superior en el perímetro: CANTERA ALBION y en el sector inferior: TANDIL, con dos rosetas de seis pétalos.

La pleca es numerada, en orden correlativo.

Reverso: Perforación circular en el centro y leyenda en la parte superior: 150 ADOQUINES.

En la parte inferior leyenda: COMUNES y semicircular inferior: ESPECIALES. En el centro y a ambos lados de la perforación, dos rosetas de seis pétalos.

Metal: aluminio. Peso: 5,2 gr.

Módulo: Octogonal, 40 mm. Grabador: A. N. Barés.




b)
Fichas Salario, de Cincuenta Centavos y Un peso respectivamente. Estas fichas, muy raras, se cree que fueron decomisadas por la autoridad policial debido a que infringían la

la entonces vigente Ley 9.600, que prohíbe el uso de medios de pago privados. Al ser equivalentes a la moneda de uso corriente (llevaban la inscripción: m/n de c/l - Moneda Nacional de Circulación Legal), por eso no tuvieron uso masivo. Se conocen pocos ejemplares de estas plecas, las cuales se detallan a continuación:


3) PLECA VALOR 1 PESO







Anverso: Perforación cuadrangular en el centro y leyenda semicircular superior en el perímetro: CANTERA ALBION y en el sector inferior: TANDIL (F.C.S) en franca alusión al Ferro Carril Sur, con roseta de cinco pétalos a la derecha y figura triangular a la izquierda.

Reverso: Perforación circular en el centro y leyenda en la parte superior: UN PESO. En la parte inferior, en forma semicircular la leyenda: M/N DE C/L (Moneda Nacional de Curso Legal). En el centro y a ambos lados de la perforación, rosetas de cinco pétalos a la derecha, y figura triangular a la izquierda.

Metal: aluminio Peso: 7 gr.

Módulo: Circular, 36 mm. Grabador: A. N Barés

4) PLECA VALOR CINCUENTA CENTAVOS




Anverso
: Perforación cuadrangular en el centro y leyenda semicircular superior en el perímetro: CANTERA ALBION y en el sector inferior: TANDIL (F.C.S) en franca alusión al Ferro Carril Sur, con roseta de cinco pétalos a la derecha y figura triangular a la izquierda.

Reverso: Perforación circular en el centro y leyenda en la parte superior: CINCUENTA CENTAVOS. En la parte inferior, en forma semicircular, en dos líneas, la leyenda: 0,50 - M/N DE C/L (Moneda Nacional de Curso Legal). Gráfila de granetería.

Metal: aluminio Peso: 7 gr.

Módulo: Circular, 36 mm. Grabador: A. N. Barés



Según relatos de canteristas las fichas se canjeaban en la proveeduría de la empresa y en un conocido negocio del centro de Tandil llamado Almacen El Globo en la esquina de Rodriguez y Sarmiento. (Relato de Don Amaro Hidalgo, Julio de 2008).

miércoles, 9 de junio de 2010

Economatos azucareros de Tucumán


La provincia de Tucumán posee una extensa historia en economatos surgidos de la expansión de la industria azucarera a partir del año 1830 con el advenimiento de la etapa artesanal de dicha industria.